Historia
Es un sencillo y tranquilo rincón de la Sierra de Cádiz, donde se plasma toda la grandeza de sus gentes, riqueza histórica y costumbres arraigadas.
Etimología
El nombre está compuesto del artículo "al" y el lexema "gar" que significa concavidad o cueva en árabe. Este sustantivo puede deberse a la cantidad de cuevas que existen en sus proximidades.
Heráldica
Escudo partido. 1º: de gules, Nuestra Señora de Guadalupe de Méjico, perfilada de oro, y resplandeciente de rayos del mismo metal sobre terrasado de sinople en forma de isla, perfilado también de oro. 2º: de plata, la banda del sable; y al timbre, corona real borbónica. El nombre de la imagen recuerda el primitivo de la villa "Santa María de Guadalupe de Algar", fundada en 1773, en cumplimiento de un voto hecho a la Señora en trance de peligro; La isla verde en que la imagen se asienta y simboliza el territorio segregado del término municipal de Jerez de la Fra. para la fundación de la nueva villa; la banda de sable en campo de plata son armas de los Carvajal, linaje del fundador don Domingo de Carvajal y Novoa; y la corona real borbónica, por haberse erigido en villa realenga bajo dicha dinastía. Este escudo creado por el especialista en heráldica señor Delgado Orellana fue aprobado en Consejo de Ministros por Decreto 2527/1972, de fecha el 18 de agosto.
Historia de la fundación
El nombre más antiguo de esta Villa es el de Santa María de Guadalupe, y fue fundada por Domingo López de Carvajal, vizconde de Carrión y marqués de Atalaya Bermeja. Su antigüedad es de 1773. Dicho noble adquirió las tierras del Ayuntamiento de Jerez por 155.000 ducados. Se dice que dicha fundación la realizó para cumplir una promesa que realizó cuando en uno de sus viajes entre México a España, le sorprendió una gran tormenta, prometiendo que si sobrevivía fundaría un pueblo en lo más intrincado de la Sierra Gaditana. La donación se estableció con arreglo al reparto de 25 pobres de solemnidad reclutados entre las poblaciones de Bornos, Ubrique, Benaocaz y Villaluenga del Rosario, en la que los favorecidos habrían de abonarle al fundador solamente la octava parte del producto anual.